Art. 7
En vigor desde 11 sept 2025
Son funciones y atribuciones de la presidencia del Consejo Rector del Real Patronato sobre Discapacidad las siguientes:
a) Mantener informada a Su Majestad la Reina de las actividades del Real Patronato.
b) Designar las vocalías de carácter discrecional relacionadas en los párrafos 3.º a 9.º del artículo 5.3.
c) Ostentar la alta dirección y la representación del organismo.
d) Presidir el Consejo Rector, ordenando sus correspondientes convocatorias y fijando sus respectivos órdenes del día teniendo en cuenta las peticiones que formulen sus miembros.
e) Ejercer la máxima dirección del personal y los servicios del organismo.
f) Cualesquiera otras que le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Se modifica por el .7 del Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-17928 Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 1/2013, de 11 de enero. Ref. BOE-A-2013-756 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2001/08/03/946#art-7