Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
En vigor desde 21 oct 2021
1. La GIESE O.A. anunciará la subasta en el Boletín Oficial del Estado, en su página web y en cualesquiera otros medios que favorezcan su publicidad y conocimiento.
2. Los anuncios señalarán, como mínimo, el lugar, fecha y hora de la celebración de la subasta, los bienes que se subastan, el tipo de licitación y la fianza a ingresar. Los gastos de anuncios no gratuitos serán por cuenta del adjudicatario, si así se hubiera señalado en el pliego.
3. Una vez efectuado el anuncio, sólo podrá suspenderse el procedimiento por acuerdo de la Presidencia de la GIESE O.A., con fundamento en documentos fehacientes o en hechos acreditados que prueben la improcedencia de la venta.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/10/19/904#art-26