Art. 14

En vigor desde 21 oct 2017
1. Corresponden a la Dirección General de Servicios las siguientes funciones: a) La preparación del anteproyecto del presupuesto, la coordinación de los proyectos de presupuestos de los organismos autónomos, la tramitación de las modificaciones presupuestarias y la evaluación de los distintos programas de gastos. b) La gestión, el seguimiento presupuestario y la verificación de las certificaciones emitidas por los órganos del departamento beneficiarios de las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión, sin perjuicio de las funciones de programación y gestión de los órganos directivos competentes. c) La organización y gestión del secretariado de la Red de autoridades ambientales. d) La propuesta, coordinación y seguimiento de las transferencias de los fondos de la Unión Europea en relación con los sectores agrario y pesquero. e) Funciones de punto de contacto del programa LIFE de la Unión Europea. f) La conservación, mantenimiento y ejecución de obras públicas de los inmuebles adscritos al Departamento. g) La gestión patrimonial e inventario de los bienes inmuebles adscritos al Departamento. h) La dirección y organización de los registros administrativos, de la unidad de actos públicos oficiales, de los servicios de vigilancia y seguridad, y de los servicios de régimen interior del departamento. i) La contratación administrativa y la Presidencia de la Junta de Contratación del Ministerio. j) La gestión económica y financiera. k) La coordinación y control de la actuación de las Cajas pagadoras del Departamento a través de la Unidad Central de Cajas, así como la tramitación de los pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de pago a justificar y anticipo de caja fija desde las Cajas pagadoras adscritas a la Oficialía Mayor. l) La dirección y la gestión de los recursos humanos del departamento, así como la relación con las centrales sindicales y demás órganos de representación del personal. m) Las relaciones con los órganos jurisdiccionales del orden social en materia de recursos humanos del personal al servicio del Ministerio, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica. n) El ejercicio de las competencias del departamento en materia de acción social y formación, y la gestión de los programas de prevención de riesgos laborales en el trabajo. ñ) La coordinación de la política informática del Ministerio en materia de adquisición de equipos informáticos, diseño, desarrollo e implantación de sistemas de información, portal web y sede electrónica. o) El apoyo a los proyectos de desarrollo de nuevas aplicaciones sectoriales para las unidades centrales del departamento. p) El establecimiento de la infraestructura TIC corporativa, incluidos los Sistemas de Información Geográfica en la Infraestructura de Datos Espaciales corporativa. q) El impulso, promoción y seguimiento de la administración electrónica y de los proyectos y directrices definidos en la Estrategia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en coordinación con la Comisión Ministerial de Administración Digital. r) La colaboración con los organismos autónomos del Departamento en relación con el ejercicio de sus competencias propias de gestión de los servicios comunes, sin perjuicio de aquéllas que puedan corresponder a centros directivos del Departamento. 2. De la Dirección General de Servicios dependen los siguientes órganos, con nivel orgánico de subdirección general: a) La Oficina Presupuestaria, que ejerce las competencias indicadas en las letras a) a e) del apartado anterior. b) La Oficialía Mayor, que ejerce las competencias indicadas en las letras f) a k) del apartado anterior. c) La Subdirección General de Recursos Humanos, que ejerce las competencias indicadas en las letras l) a n) del apartado anterior. d) La Subdirección General de Sistemas Informáticos y Comunicaciones, que ejerce las competencias indicadas en las letras ñ) a r) del apartado anterior.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2017/10/06/895#art-14

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil