Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Procedimiento electoral de la Presidencia y miembros de la Junta de Gobierno

Art. 22

En vigor desde 26 oct 2014
La duración del mandato de la Presidencia del Consejo General y de la Junta de Gobierno será de cuatro años, computados a partir de la fecha de su toma de posesión, pudiendo sus miembros ser reelegidos por dos veces y por el mismo período de tiempo.
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eli/es/rd/2014/10/10/877#art-22

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