Art. 5
En vigor desde 7 oct 2021
1. Las subvenciones previstas en el artículo 1.1 a) y 1.1 b) serán compatibles con otras de carácter público o privado que, aisladamente o en concurrencia con otras aportaciones, no superen el coste total del proyecto objeto de la subvención, siempre que no provengan de otros programas e instrumentos de la Unión.
2. Las subvenciones previstas en el artículo 1.1 c) serán compatibles con otras de carácter público o privado que, aisladamente o en concurrencia con otras aportaciones, no superen el coste total del proyecto objeto de la subvención. En particular, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 2021/241, del Parlamento Europeo y del consejo, de 12 de febrero de 2021, las ayudas concedidas para la línea prevista en el artículo 1.1 c) en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia se sumará a la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la Unión siempre que se destine a diferente finalidad. Así, las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste y atienda a diferente finalidad y quede claramente diferenciado el objeto y gastos cubiertos de ambas ayudas.
3. En el caso de los operadores del artículo 2 d), además, no podrán superarse los umbrales de notificación previstos en el Reglamento (UE) n.º 1388/2014 de la Comisión de 16 de diciembre de 2014 y deberán cumplirse las reglas de acumulación previstas en su artículo 8.
4. En todo caso, las actuaciones que sean financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia deberán quedar claramente diferenciadas de las que sean financiadas a través de otras fuentes, con identificación de los hitos u objetivos que a aquéllas les correspondan.
5. Los beneficiarios deberán dar a conocer, mediante declaración responsable, las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que hayan obtenido para la actividad subvencionada, tanto al presentar la solicitud de la subvención, como en cualquier momento ulterior en el que se produzca tal circunstancia. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, en el momento de la justificación de la subvención.
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Proeli/es/rd/2021/10/05/854#art-5