Título TÍTULO I

Art. 8

En vigor desde 2 ene 2025
El CAUT aplicará, para la concesión de las AUT solicitadas, los criterios de evaluación contenidos en el ISTUE vigente. Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 1303/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26924

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eli/es/rd/2023/10/24/792#art-8

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