Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 8 feb 2015
Los actos de instrucción necesarios para el conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán por la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero. Ref. BOE-A-2015-1159 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1997/05/16/705#art-3