Capítulo CAPITULO VII
Art. 46
En vigor desde 24 may 1996
Con una antelación de al menos treinta días, y durante quince días respecto a la fecha de celebración de las elecciones, la Junta de Gobierno expondrá el listado de electores en la Secretaría del Colegio Oficial de Biólogos, así como en las Delegaciones del mismo.
Los colegiados que deseen reclamar sobre el citado listado dispondrán de setenta y dos horas después de haber transcurrido el plazo de exposición. Las reclamaciones se formularán por escrito dirigido al Decano de la Junta de Gobierno; ésta resolverá en un plazo no superior a setenta y dos horas. Contra la resolución denegatoria podrá interponerse recurso ordinario ante la Junta General, previo al recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos por esta jurisdicción.
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Proeli/es/rd/1996/04/26/693#art-46