Capítulo Capítulo II

Art. 14

En vigor desde 26 may 1993
El 20 de abril de cada año, la Dirección General del Servicio Exterior publicará los nuevos destinos de los funcionarios de la Carrera Diplomática, que tendrán efecto el 30 de junio, fecha a partir de la cual se iniciará el cómputo del plazo de cese reglamentario.
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eli/es/rd/1993/05/07/674#art-14

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