Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 14

En vigor desde 3 ago 2022
1. La persona titular de la Dirección del Centro Universitario elaborará y elevará, para su aprobación al Consejo Rector, el plan de acción anual y plurianual, el informe general de actividad. 2. En el plan de acción anual se recogerán, entre otros aspectos, los siguientes: a) Las actividades formativas o de investigación. b) Los acuerdos de colaboración. c) Las actividades de gestión, seguimiento y control. d) Los indicadores de gestión. 3. La información referida al plan de acción anual, así como al informe general de actividad, se hará público en la página web del Centro Universitario.
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eli/es/rd/2022/08/01/666#art-14

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