Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 2 feb 2023
1. La persona titular de la Presidencia del Comité será elegida de entre sus miembros, a propuesta de, al menos, dos tercios de ellos y nombrada por la persona titular de la Presidencia del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación. 2. La persona titular de la Vicepresidencia del Comité será elegida de entre sus miembros, a propuesta de, al menos, dos tercios de ellos y nombrada por la persona titular de la Presidencia del Comité. 3. La duración del mandato de las personas titulares de la Presidencia y de la Vicepresidencia será de dos años, renovable una sola vez consecutiva por dos años más.
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eli/es/rd/2023/01/31/53#art-6

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