Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 2 feb 2023
Para el desempeño de las funciones específicas relacionadas con su misión, el Comité tendrá la siguiente estructura:
a) Pleno.
b) Comisión Permanente.
c) Oficina de Integridad Científica de España, que ejercerá las funciones descritas en el artículo 11 en el ámbito de la integridad científica e investigación responsable.
d) Comisión Nacional de Ética de la Investigación Científica y Técnica, que ejercerá las funciones descritas en el artículo 11 en el ámbito de la ética profesional de la investigación.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/01/31/53#art-5