Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 14
En vigor desde 12 jul 2015
La representación legal del Colegio recae en quien ostenta la Presidencia o Decanato, quien, asimismo, preside la Asamblea General y la Junta de Gobierno, velando por la debida ejecución de sus acuerdos y adoptando en los casos de urgencia las medidas procedentes.
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Proeli/es/rd/2015/06/19/518#art-14