Capítulo CAPITULO IV›Secc. Sección 3. Régimen del personal
Art. 38
En vigor desde 24 may 1993
Las retribuciones del personal funcionario y laboral de la Agencia se ajustarán a lo dispuesto en las leyes anuales de presupuestos.
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Proeli/es/rd/1993/03/26/428#art-38