Capítulo III. De la publicidadSecc. Publicidad ilícita

Art. Artículo decimoséptimo

En vigor desde 28 mar 1979
La publicidad ilícita se sancionara de acuerdo con las normas del vigente Estatuto de Publicidad.
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eli/es/rd/1979/02/13/401#articulo-decimoseptimo

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