Libro NORMATIVACapítulo CAPÍTULO 5

Art. 27

En vigor desde 9 jun 2013
– Alto Oria. 1. Se asigna a Idiazabal para atender las demandas 0,30 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Beasain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Arriarán que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 2. Se asigna a Beasain para atender las demandas 1,22 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Beasain, Arama y Aralar que actualmente utiliza y de los recursos regulados en los Embalses de Arriarán y Lareo que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 3. Se asigna a Lazkao para atender las demandas 0,64 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Beasain y Aralar que actualmente utiliza y de los recursos regulados en los Embalses de Arriarán y Lareo que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 4. Se asigna a Ordizia para atender las demandas 0,87 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Arama y Aralar que actualmente utiliza y de los recursos regulados en los Embalses de Arriarán y Lareo que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 5. A los municipios de Zegama, Segura, Zerain, Mutiloa, Olaberria, Gabiria, Ormaiztegi, Ezkio-Itsaso, Ataun, Zaldibia, Arama, Altzaga, Baliarrain, Gaintza, Abaltzisketa, Orendain, Itsasondo y Legorreta, para atender las demandas se asignan 1,83 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente. 6. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,14 hm 3 /año, de los recursos disponibles. 7. Para atender las demandas industriales estimadas en 7,56 hm 3 /año, se asignan los recursos procedentes del río Oria. – Medio Oria. 8. Se asigna a Tolosa para atender las demandas 1,81 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 9. Se asigna a Leitza para atender las demandas 0,87 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Basaburua-Ulzama y macizos Paleozoicos Cinco Villas-Quinto Real que actualmente utiliza. 10. Se asigna a Ibarra para atender las demandas 0,32 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 11. Se asigna a Zizurkil para atender las demandas 0,45 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 12. Se asigna a Villabona para atender las demandas 1,16 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 13. Se asigna a Andoain para atender las demandas 1,49 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Tolosa y Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa. 14. A los municipios de Ikaztegieta, Alegia, Amezketa, Altzo, Bidegoian, Albiztur, Betelu, Araitz, Orexa, Lizartza, Gaztelu, Leaburu, Belauntza, Areso, Berastegi, Elduain, Berrobi, Hernialde, Anoeta, Irura, Alkiza, Larraul, Asteasu y Aduna, para atender las demandas se asignan 2,67 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente. 15. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,25 hm 3 /año, de los recursos disponibles. 16. Para atender las demandas industriales se asignan 10,22 hm 3 /año, de los recursos superficiales. – Bajo Oria. 17. Se asigna a Lasarte-Oria para atender las demandas 1,38 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la mancomunidad de Aguas del Añarbe del Sistema Urumea. 18. Se asigna a Usurbil para atender las demandas 0,84 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la mancomunidad de Aguas del Añarbe del Sistema Urumea. 19. Para atender las demandas industriales estimadas en 1,58 hm 3 /año, se asignan recursos procedentes del río Oria. 20. Para atender las demandas de usos recreativos (golf) se asignan 0,08 hm 3 /año, de los recursos disponibles del sistema.
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eli/es/rd/2013/06/07/400#art-27

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