Libro NORMATIVA›Capítulo CAPÍTULO 5
Art. 25
En vigor desde 9 jun 2013
1. Se asigna para atender a las demandas urbanas del Alto Deba 8,71 hm³/año de recursos superficiales procedentes del Embalse Urkulu y del Sistema Pol-Pol.
2. Se asigna para atender a las demandas urbanas de Eibar 2,65 hm³/año de los recursos superficiales del Embalse Aixola y del Sistema Sagarerreka.
3. Se asigna para abastecimiento de los municipios de Deba, Elgoibar, Mendaro, Mutriku 2,74 hm³/año de los recursos subterráneos del Sistema Kilimon (galería Irabaneta, manantiales Mahala y pozos Kilimon, fundamentalmente).
4. Se asigna para satisfacer las demandas industriales en Bergara 1,03 hm³/año de los recursos superficiales del río Deba (integra diferentes captaciones).
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Proeli/es/rd/2013/06/07/400#art-25