Libro NORMATIVACapítulo CAPÍTULO 5

Art. 26

En vigor desde 9 jun 2013
1. Se asigna para atender a la demanda urbana del Alto y Medio Urola unos recursos de 2,78 y 8,92 hm³/año de los embalses de Barrendiola e Ibaieder respectivamente. 2. Se asigna para satisfacer las demandas industriales del Urola (Urretxu, Zumárraga, Aizarnazabal, Azpeitia, Azkoitia y Legazpi) 2,84 hm³/año de los recursos superficiales de los ríos Urola e Ibaieder (integra diferentes captaciones).
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eli/es/rd/2013/06/07/400#art-26

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