Libro NORMATIVA›Capítulo CAPÍTULO 5
Art. 28
En vigor desde 9 jun 2013
1. Se asigna a Urnieta para atender las demandas 1,32 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la Mancomunidad de Aguas del Añarbe.
2. Se asigna a Hernani para atender las demandas 1,66 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la Mancomunidad de Aguas del Añarbe.
3. A los municipios de Goizueta y Arano, para atender las demandas se asignan 0,19 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.
4. Se asigna a Donostia-San Sebastián, Astigarraga y municipios de la cuenca del río Oiartzun para atender las demandas 33,07 hm 3 /año de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la mancomunidad de Aguas del Añarbe.
5. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,08 hm 3 /año, de los recursos disponibles en el sistema.
6. Para atender las demandas industriales se asignan 18,23 hm 3 /año, de recursos superficiales.
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Proeli/es/rd/2013/06/07/400#art-28