Título NORMATIVA›Capítulo CAPÍTULO 5
Art. 23
En vigor desde 9 jun 2013
Río Narcea.
1. Se asigna a Cangas del Narcea para atender las demandas 2,61 hm 3 /año de los recursos superficiales (Arroyo Yema, Río Coto) y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.
2. Se asigna a Allande para atender las demandas 0,22 hm 3 /año de los recursos superficiales y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.
3. Se asigna a Tineo para atender las demandas 1,07 hm 3 /año de los recursos superficiales y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.
4. Se asigna a Salas para atender las demandas 1,11 hm 3 /año de los recursos superficiales y recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
5. A los municipios de Somiedo y Belmonte de Miranda, para atender las demandas se asignan 0,49 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Pigüeña) y de los recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia que utilizan actualmente.
6. Para atender las demandas agrarias se asignan 19,78 hm 3 /año, de los recursos procedentes del río Narcea y sus afluentes.
7. Para atender las demandas de la Central Térmica Soto de la Barca estimadas en 174,65 hm 3 /año, se asignan los recursos procedentes del Embalse de La Barca en el río Narcea.
8. Para atender las demandas industriales se asignan 0,41 hm 3 /año procedentes de recursos superficiales y subterráneos.
Río Caudal.
9. Se asigna a Lena para atender las demandas 1,66 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Pajares, Río Huerna) y recursos de la masa de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana que actualmente utiliza.
10. Se asigna a Aller para atender las demandas 1,88 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Aller) y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.
11. Se asigna a Mieres para atender las demandas 7,28 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Aller) y recursos de la masa de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana que actualmente utiliza.
12. Se asigna a Riosa para atender las demandas 0,35 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Riosa) y recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
13. Se asigna a Morcín para atender las demandas 0,48 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Morcín) y recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
14. Se asigna a Ribera de Arriba para atender las demandas 0,26 hm 3 /año de los recursos subterráneos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia regulados en el Embalse de Alfilorios que le suministra Oviedo y que actualmente utiliza.
15. Para atender las demandas agrarias se asignan 1,11 hm 3 /año, de los recursos del río Caudal y sus afluentes.
16. Para atender las demandas industriales se asignan 0,15 hm 3 /año procedentes de recursos superficiales.
17. Para atender las demandas de la Central Térmica La Pereda estimadas en 1,05 hm 3 /año, se asignan los recursos procedentes del Río Caudal.
Alto Nalón.
18. Se asigna a Laviana para atender las demandas 1,59 hm 3 /año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.
19. Se asigna a San Martín del Rey Aurelio para atender las demandas 2,04 hm 3 /año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.
20. Se asigna a Langreo para atender las demandas 5,52 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Nalón) y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.
21. A los municipios de Caso y Sobrescobio, para atender las demandas se asignan 0,47 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Región de Ponga que utilizan actualmente.
22. Para atender las demandas agrarias se asignan 3,17 hm 3 /año, de los recursos del río Nalón y sus afluentes.
23. Para atender las demandas industriales, estimadas en 0,50 hm 3 /año, se asignan los recursos procedentes del Río Nalón.
24. Para atender las demandas de las Centrales Térmicas Lada y Soto de Ribera estimadas en 128,72 hm 3 /año, se asignan los recursos procedentes del Río Nalón.
Ríos Nora y Noreña.
25. Se asigna a Siero para atender las demandas 8,04 hm 3 /año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Llantones-Pinzales-Noreña, Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
26. Se asigna a Noreña para atender las demandas 0,86 hm 3 /año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
27. Se asigna a Llanera para atender las demandas 2,21 hm 3 /año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
28. Se asigna a Oviedo para atender las demandas 28,63 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Lindes), los recursos de las masas de agua subterránea Peña Ubiña-Peña Rueda (Manantial Cortes, Manantial Fuentes Calientes) y Somiedo-Trubia-Pravia (Manantial Llamo, Manantial Code), los regulados por el Embalse de Alfilorios (Excedentes de los ríos Lindes, Riosa y Morcín y regulados de la cuenca del Río Barrea y Mortera) y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
29. Al municipio de Sariego para atender las demandas se asignan 0,22 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utiliza actualmente.
30. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,43 hm 3 /año, de los recursos disponibles.
31. Para atender las demandas industriales estimadas en 3,13 hm 3 /año se asignan los recursos procedentes del Río Nalón.
Ríos Trubia, Cubia y medio Nalón.
32. A los municipios de Quirós, Teverga, Proaza y Santo Adriano para atender las demandas se asignan 0,76 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Trubia) y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que utilizan actualmente.
33. Al municipio de Yermes y Tameza para atender las demandas se asignan 0,03 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utiliza actualmente.
34. Se asigna a Grado para atender las demandas 1,94 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Menéndez, Río Cubia) y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
35. Se asigna a Las Regueras para atender las demandas 0,28 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
36. Se asigna a Candamo para atender las demandas 0,47 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
37. Para atender las demandas agrarias se asignan 1,76 hm 3 /año, de los recursos disponibles.
Bajo Nalón y zona costera.
38. Se asigna a Pravia para atender las demandas 1,09 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
39. Se asigna a Soto del Barco para atender las demandas 0,77 hm 3 /año de los recursos superficiales, de los recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia y del Río Narcea (Canal del Narcea) que actualmente utiliza.
40. Se asigna a Muros de Nalón para atender las demandas 0,30 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.
41. Se asigna a Castrillón para atender las demandas 3,31 hm 3 /año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
42. Se asigna a Illas para atender las demandas 0,19 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.
43. Se asigna a Corvera de Asturias para atender las demandas 3,09 hm 3 /año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
44. Se asigna a Avilés para atender las demandas 11,83 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Magdalena, de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia, del Río Narcea (Canal del Narcea) y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
45. Se asigna a Gozón para atender las demandas 2,01 hm 3 /año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Candás y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
46. Se asigna a Carreño para atender las demandas 1,29 hm 3 /año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Candás y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
47. Se asigna a Gijón para atender las demandas 33,05 hm 3 /año de los recursos superficiales, los recursos de las masas de agua subterránea Región de Ponga (Manantial Los Arrudos, Manantial Perancho), Llantones-Pinzales-Noreña (Manantial Llantones), Villaviciosa y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.
48. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,50 hm 3 /año, de los recursos disponibles.
49. Para atender las demandas industriales se han asignado los recursos del siguiente modo: 1,25 hm 3 /año de los recursos procedentes del Río Nalón regulados en los embalses de Tanes y Rioseco que suministra CADASA, 34,15 hm 3 /año de los recursos procedentes del Río Narcea (Canal del Narcea) regulados en el Embalse de Trasona y 22,42 hm 3 /año de los recursos procedentes del Río Narcea (Canal del Narcea) regulados en el Embalse de San Andrés de los Tacones y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA.
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Proeli/es/rd/2013/06/07/399#art-23