Título NORMATIVACapítulo CAPÍTULO 5

Art. 21

En vigor desde 9 jun 2013
1. Se asigna a Becerreá para atender las demandas 0,55 hm 3 /año de los recursos superficiales y recursos de la masa de agua subterránea Cabecera del Navia que actualmente utiliza. 2. Se asigna a Boal para atender las demandas 0,34 hm 3 /año de los recursos superficiales y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza. 3. Se asigna a Coaña para atender las demandas 0,64 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Meiro, Arroyo del Esteler) y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza. Se asignan también los recursos del Embalse de Arbón del Sistema Navia necesarios para respetar los caudales ecológicos en las tomas actuales. 4. Se asigna a Navia para atender las demandas 2,04 hm 3 /año de los recursos superficiales (Río Navia, Río Vidural, Río Barayo, Río del Monte, Río Meiro) y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza. Se asignan también los recursos del Embalse de Arbón del Sistema Navia necesarios para respetar los caudales ecológicos en las tomas actuales. 5. A los municipios de As Nogais, Cervantes, Negueira de Muñiz, Navia de Suarna, Degaña, Ibias, Grandas de Salime, San Martín de Oscos, Pesoz, Illano, Villanueva de Oscos, Villayón, Pedrafita do Cebreiro y Santa Eulalia de Oscos, para atender las demandas, se asignan 2.14 hm 3 /año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente. 6. Para atender las demandas agrarias se asignan 18,14 hm 3 /año, de los recursos del sistema. 7. Para atender las demandas industriales se asignan 21,45 hm 3 /año procedentes de los recursos superficiales del Río Navia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2013/06/07/399#art-21

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil