Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 22 may 2026
Se faculta a la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a que, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, adopte las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente real decreto.
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eli/es/rd/2026/05/20/397#disposicion-final-cuarta

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