Art. Disposición final segunda
En vigor desde 22 may 2026
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
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Proeli/es/rd/2026/05/20/397#disposicion-final-segunda