Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª De la Junta de Gobierno

Art. 72

En vigor desde 11 may 2025
Corresponde a la Junta de Gobierno la dirección y administración del Colegio, y tendrá atribuidas las funciones que no hayan sido expresamente designadas a la Asamblea General de colegiados y colegiadas o a cualquier otro órgano de gobierno que haya constituido el Colegio, todo ello de conformidad con lo establecido en los Estatutos particulares de cada Colegio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2025/04/30/352#art-72

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil