Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De la Asamblea General
Art. 14
En vigor desde 11 may 2025
La Asamblea General es el máximo órgano de representación de la profesión organizada colegiadamente. Establecerá las líneas generales y directrices de la política profesional en el ámbito de sus competencias, para lo que ejercerá las funciones que se detallan en el artículo 16.
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Proeli/es/rd/2025/04/30/352#art-14