Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. SECCIÓN 1.ª DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN GENERAL
Art. 10
En vigor desde 10 mar 1999
El Colegio estará regido por los siguientes Órganos de Gobierno:
A) Órganos generales:
1. La Junta General.
2. La Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos.
3. La Junta de Gobierno.
4. El Decano-Presidente del Colegio.
5. El Comité de Deontología.
B) Órganos territoriales o autonómicos:
1. Las Asambleas Territoriales o Autonómicas.
2. Las Juntas Rectoras Territoriales o Autonómicas.
3. Los Decanos Territoriales o Autonómicos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/02/26/337#art-10