Art. 10
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. SECCIÓN 1.ª DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN GENERAL

Art. 10

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En vigor desde 10 mar 1999
El Colegio estará regido por los siguientes Órganos de Gobierno: A) Órganos generales: 1. La Junta General. 2. La Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos. 3. La Junta de Gobierno. 4. El Decano-Presidente del Colegio. 5. El Comité de Deontología. B) Órganos territoriales o autonómicos: 1. Las Asambleas Territoriales o Autonómicas. 2. Las Juntas Rectoras Territoriales o Autonómicas. 3. Los Decanos Territoriales o Autonómicos.
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