Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. SECCIÓN 1.ª DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN GENERAL
Art. 10
14 / 62En vigor desde 10 mar 1999
El Colegio estará regido por los siguientes Órganos de Gobierno:
A) Órganos generales:
1. La Junta General.
2. La Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos.
3. La Junta de Gobierno.
4. El Decano-Presidente del Colegio.
5. El Comité de Deontología.
B) Órganos territoriales o autonómicos:
1. Las Asambleas Territoriales o Autonómicas.
2. Las Juntas Rectoras Territoriales o Autonómicas.
3. Los Decanos Territoriales o Autonómicos.
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Proeli/es/rd/1999/02/26/337#art-10