Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 25
En vigor desde 27 abr 2023
El incumplimiento de lo establecido en este real decreto podrá ser sancionado, de acuerdo con lo dispuesto en el título X de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/04/25/314#art-25