Art. 25
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 25

25 / 32
En vigor desde 27 abr 2023
El incumplimiento de lo establecido en este real decreto podrá ser sancionado, de acuerdo con lo dispuesto en el título X de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/04/25/314#art-25