Capítulo II. De los miembros
Art. 16
En vigor desde 25 nov 1982
Los miembros del Instituto están obligados a acatar y cumplir las normas de estos Estatutos, el Reglamento de régimen interior, el Código de Etica Profesional y los acuerdos que adopten la Asamblea y el Consejo Directivo .
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1982/09/24/2777#art-16