Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.a De la Asamblea general

Art. 27

En vigor desde 5 abr 2002
La Asamblea General se reunirá con carácter extraordinario, previa convocatoria cursada por la Junta de Gobierno, por el Decano-Presidente, por el Consejo de Colegio o por un número de colegiados no inferior a 50, y siempre con propuesta del orden del día. En este último caso se convocará en un plazo máximo de quince días naturales.
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eli/es/rd/2002/03/08/261#art-27

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