Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 23
En vigor desde 5 abr 2002
El Colegio estará regido por los siguientes órganos generales de gobierno:
1. La Asamblea General de colegiados.
2. El Consejo de Colegio.
3. La Junta de Gobierno.
4. El Comité de Deontología.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2002/03/08/261#art-23