Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 33
En vigor desde 22 abr 1992
La competencia para aplicar el régimen sancionador establecido en la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de la expresada Ley y del presente Reglamento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1992/03/13/243#art-33