Capítulo CAPÍTULO V

Art. 36

En vigor desde 29 oct 1979
Cuando por circunstancias especiales así conviniera, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios podrá durante el transcurso de un ejercicio elevar al Gobierno propuesta de modificación del Plan aprobado.
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eli/es/rd/1979/09/14/2329#art-36

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