Capítulo CAPÍTULO III
Art. 18
En vigor desde 15 ene 2000
El régimen patrimonial de la entidad será el establecido en el artículo 56 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/12/30/2069#art-18