Título TITULO SEXTO

Art. 35

En vigor desde 28 oct 1980
Los órganos jerárquicos representativos de la organización Colegial de Capitanes, Jefes y Oficiales una vez constituidos, en su caso, los Colegios Territoriales a que se refieren estos Estatutos serán los siguientes: a) Un Consejo General de Colegios, que será el órgano supremo coordinador y representativo de los distintos Colegios Territoriales de Capitanes, Jefes y Oficiales de la Marina Mercante Española. b) Junta de Gobierno del Consejo General. c) Juntas de Gobierno de los Colegios Territoriales. d) Juntas Provinciales dependientes de los Colegios Territoriales.
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eli/es/rd/1980/07/31/2020#art-35

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