Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Profesorado de los Cuerpos docentes universitarios
Art. 172
En vigor desde 13 mar 2026
1. El profesorado universitario funcionario pertenecerá a los siguientes cuerpos docentes:
a) Catedráticas y catedráticos de Universidad.
b) Profesoras y profesores titulares de Universidad.
2. El profesorado funcionario se regirá por las bases establecidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en sus normas de desarrollo, por la legislación general del funcionariado que les sea de aplicación y por estos estatutos.
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Proeli/es/rd/2026/03/11/181#art-172