Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
En vigor desde 29 ene 2014
1. Corresponderán a la Secretaría General del Instituto las funciones previstas por el presente Estatuto, así como las que le atribuya el Consejo de Administración, a propuesta del Director General de la entidad.
2. El titular de la Secretaría General será nombrado y separado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.1.j) de este Estatuto.
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Proeli/es/rd/2014/01/17/18#art-13