Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Otros órganos directivos
Art. 17
En vigor desde 1 dic 2012
Corresponde a la Subdirección General de Régimen Económico:
1. La gestión de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería.
2. La tramitación de expedientes de contratación.
3. La preparación y elaboración de los anteproyectos de presupuestos y de los programas de inversiones del Organismo, la modificación de créditos así como el seguimiento y el control de los mismos.
4. La gestión contable financiera y analítica del Organismo y, en general, la gestión de cualesquiera otros asuntos de carácter económico y financiero.
Se modifica por el art. único.12 del Real Decreto 1527/2012, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-14647 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/01/29/146#art-17