Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final primera

En vigor desde 16 oct 2011
Se añade una nueva disposición adicional sexta al Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, con la siguiente redacción: «Disposición adicional sexta. Competencias del Ministerio de Defensa. Las competencias administrativas en relación con los equipos a presión afectos a los servicios de la Defensa Nacional corresponden a las autoridades del Ministerio de Defensa, sin perjuicio de la asistencia que las mismas puedan solicitar de las diferentes Administraciones Públicas.»
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eli/es/rd/2011/10/14/1388#disposicion-final-primera

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