Libro ESTATUTOS GENERALES DE LOS COLEGIOS DE INGENIEROS DE MINAS Y DE SU CONSEJO SUPERIORCapítulo CAPÍTULO III

Art. 14

En vigor desde 25 oct 2003
El Consejo Superior, que a todos los efectos tiene la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, agrupa institucionalmente, en los ámbitos estatal e internacional, a todos los Colegios Oficiales de Ingenieros de Minas.
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eli/es/rd/2003/10/10/1278#art-14

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