Capítulo CAPÍTULO III

Art. 25

En vigor desde 21 nov 2002
El Administrador general tendrá la responsabilidad de gestionar los asuntos en materia contable, laboral, jurídica y fiscal. Ordenará los pagos conjuntamente con el Vocal Tesorero. Será nombrado por la Junta de Gobierno del COICE, pudiendo recaer tal cargo en alguno de los miembros de dicha Junta, siempre que no se trate del Decano o del Secretario.
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eli/es/rd/2002/11/08/1162#art-25

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