Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.º Del Pleno del Consejo General
Art. 11
DerogadoEn vigor desde 29 may 1980
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente.
c) El Secretario general.
d) El Vicesecretario general.
e) El Tesorero-Contador.
f) El representante de cada una de las Agrupaciones Colegiales.
g) Cinco representantes de la Asamblea elegidos por la misma.
h) Los representantes de las Secciones Colegiales obligatorias previstas en el artículo 22 de estos Estatutos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1980/05/19/1018#art-11-1