§ VIII. Normas adicionales en materia de indemnizaciones por razón del servicio y de permisos y licencias del personal del Departamento y en materia de fijación de las retribuciones establecidas en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades
Art. Trigésima primera
En vigor desde 1 jun 2021
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Subsecretaría en las personas titulares de las direcciones generales o asimilados, subdirecciones generales o asimilados, y jefaturas de demarcaciones y servicios provinciales de costas, de la concesión al personal directamente dependiente de los mismos de los siguientes permisos y licencias, cuya tramitación se realizará de acuerdo con los procedimientos que se establezcan por la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios:
1. Del personal funcionario:
a) Por asuntos particulares.
b) Por muerte o enfermedad grave de un familiar.
c) Por traslado de domicilio sin traslado de residencia.
d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales.
e) Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
f) Por matrimonio.
g) Por vacaciones anuales.
h) Demás permisos previstos en la legislación vigente que carezcan de repercusión económica.
2. Del personal laboral:
Los permisos y licencias previstos en el artículo 75 del IV Convenio Único de Personal Laboral de la Administración General del Estado y los demás permisos previstos en la legislación vigente que carezcan de repercusión económica.
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Proeli/es/o/2021/05/20/ted533#trigesima-primera