Capítulo CAPÍTULO XVI
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 11 may 2020
Lo previsto en las órdenes e instrucciones aprobadas en desarrollo o aplicación del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, serán de aplicación a las unidades territoriales de la fase 1 del Plan para la transición hacia la nueva normalidad en todo aquello que no se oponga o contradiga a lo establecido en la presente orden.
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Proeli/es/o/2020/05/09/snd399#disposicion-adicional-tercera