Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 8 may 2010
En el curso académico 2010-2011, se instaurarán las enseñanzas correspondientes a las titulaciones de grado para la incorporación a las escalas de oficiales de los cuerpos generales y de Infantería de Marina, de tal modo que, para esa fecha, se implantarán los planes de estudios correspondientes a los dos primeros cursos. A partir del siguiente año académico la implantación será progresiva curso por curso.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2010/05/03/def1158#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil