Art. 22

En vigor desde 8 may 2010
El sistema de enseñanza de formación de oficiales estará sujeto a un proceso cíclico de validación con el fin de detectar sus posibles disfunciones y de esta forma adoptar las medidas correctoras que garanticen una enseñanza de calidad que asegure la consecución de las capacidades necesarias para el posterior ejercicio profesional del militar.
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eli/es/o/2010/05/03/def1158#art-22

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