Art. Artículo quinto

En vigor desde 5 sept 1974
La Compañía depositaria de los objetos publicará anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» y en dos periódicos de la ciudad a que corresponde el aeropuerto, en que conste la lista de los hallados a bordo de sus aeronaves o medios terrestres de transporte, con la expresión de encontrarse a disposición de quienes acrediten ser sus propietarios y con la advertencia de que si, transcurrido un mes no hubiese aparecido el propietario, se enajenarán en pública subasta, a cuyo fin en el propio anuncio se hará saber lugar, día y hora de la misma, así como los tipos mínimos de licitación.
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eli/es/o/1974/08/07/(1)#articulo-quinto

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