Art. Cuarto

En vigor desde 3 abr 1990
Son datos y actos de anotación preceptiva en dicho Registro los siguientes: 1. De carácter personal: a) DNI. b) Nombre y apellidos. c) Fecha y lugar de nacimiento. 2. De carácter profesional: a) Número de registro personal. b) Número de escalafón profesional. c) Número de carné y placa-emblema. d) Fecha de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía. e) Ascensos y promoción interna. f) Escalas y categorías. g) Situaciones administrativas y otras vicisitudes funcionariales. h) Unidades orgánicas. i) Destinos. j) Puestos de trabajo con indicación de nombramiento y cese en los mismos. k) Consolidación del Grado Personal y sus modificaciones. l) Reconocimiento de trienios. m) Recompensas, premios y condecoraciones. n) Sanciones disciplinarias. ñ) Títulos, diplomas, idiomas y otros méritos culturales. o) Reingresos. p) Jubilaciones. q) Todos aquellos actos que puedan afectar a los distintos baremos de méritos y a la vida administrativa del funcionario en general.
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eli/es/o/1990/03/10/(1)#cuarto

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