Capítulo CAPÍTULO I

Art. Cuarto

En vigor desde 17 feb 2000
Podrá organizar actividades complementarias que contribuyan a mejorar la formación y la investigación en materia penitenciaria, tales como seminarios, congresos, jornadas, conferencias y estudios de investigación.
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eli/es/o/2000/02/10/(1)#cuarto

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